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UNA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN ROBUSTA

Después de días intensos y choques en contra de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no debemos olvidar su gran historia y lo importante que es para nuestra democracia, al ser el Máximo Tribunal Constitucional y órgano superior del Poder Judicial de la Federación. Hoy en día, convirtiéndose en uno de los contrapesos del  Ejecutivo.

Si bien es cierto, la Suprema Corte de Justicia juega un papel fundamental en nuestros sistemas de gobierno, pero lamentablemente, siempre ha estado sujeta a los cambios políticos, por lo tanto desde la refundación bajo el gobierno de Ernesto Zedillo, ha venido creciendo la burocracia a su alrededor, donde cada Presidente ha colocado a sus cercanos en las ternas.

No olvidemos, que la Suprema Corte tiene la función de ser guardián y garante de la Norma Suprema. Además, de ser la encargada de proteger los derechos fundamentales de todos los mexicanos, fungiendo como un mediador de las controversias constitucionales. 

La Suprema Corte, es complementada por otros órganos que integran al Poder Judicial de la Federación: el Tribunal Electoral; los Tribunales Colegiados de Circuito, los Tribunales Unitarios de Circuito, los Juzgados de Distrito, el Consejo de la Judicatura Federal, el Jurado Federal de Ciudadanos, y los Tribunales de los Estados. Siendo dichos órganos mencionados, los encargados de impedir los abusos del poder, defendiendo cabalmente los derechos de cada individuo. 

¿Cómo se conforma la SCJN?

La Suprema Corte está conformada por 11 Ministros. Uno de ellos es elegido, mediante votación interna, como presidente —cargo que se le confiere por cuatro años sin posibilidad de reelección— y se encarga de representar al PJF y a la SCJN en actos constitucionales.

Los ministros son elegidos por el presidente de la República y el Senado se encarga de ratificarlos para desempeñar el cargo por un periodo de 15 años.

Entre los asuntos que competen a los ministros se encuentran los juicios de amparo, controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad y la facultad de investigación de la SCJN.

Cada decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determina la existencia de derechos que cada vez son más relevantes y, por ende, objeto de escrutinio público; sus determinaciones no sólo implican el reconocimiento formal de un derecho sino que imponen una obligación al Estado para garantizar su cumplimiento.

La capacidad de la Suprema Corte para influir en política pública ha sido cuestionada debido a su carácter “contra-mayoritario”; es decir, que carece de legitimidad popular que –en teoría- sí tienen el legislativo y el ejecutivo y, en algunos casos, del soporte técnico para tomar decisiones de esta índole.

No debemos pasar por alto que, la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, en particular el artículo 1º constitucional que obliga a todas las autoridades a otorgar la más amplia protección a los derechos humanos, así como la nueva ley de amparo, despojó a los ministros de la SCJN del carácter de meros legisladores negativos y les dotó de atribuciones propias de un tribunal constitucional. 

Bajo este nuevo contexto, será cada vez más frecuente que la SCJN coloque sobre la agenda pública importantes tópicos que han sido ignorados por los otros poderes. 

La Suprema Corte representa con la gran capacidad de renovar la agenda política y transformar las prioridades del debate público. Si bien, la tentación podría ser el restringir los alcances de las decisiones de la SCJN, la apuesta en realidad debería ser consolidar su labor como tribunal constitucional para asegurar que sus decisiones se acompañen de conocimiento técnico y, si es necesario, científico que asegure la plena ejecución de sus resoluciones. 

En este sentido, la Suprema Corte tiene una mayor responsabilidad al emitir sus resoluciones, y no sólo debe limitarse a realizar el reconocimiento de un derecho, sino que debe prever medidas de carácter estructural y brindar un marco de acciones concretas que las autoridades del Estado deberán adoptar para hacer efectivo el ejercicio pleno de los derechos humanos de todos los gobernados.

Con la compleja dinámica que implica tomar decisiones que inciden en derechos y políticas públicas el perfil de los integrantes de la SCJN no es algo trivial y es un tema que nos concierne a todos. Es innegable que las decisiones judiciales atienden a elementos subjetivos y personales ligados a las preferencias propias (ideológicas y políticas) de los jueces. 

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