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¿YA HICISTE TU TESTAMENTO?

testamento

Por: Lic. Óscar Fabián Gutiérrez Tenorio

Contador Público

Para comenzar, no debemos dejar pasar los siguientes datos que son la razón del por qué es importante la prevención y el conocimiento sobre este tema tan interesante y primordial, donde todos podemos estar involucrados. Según cifras del RENAT, sólo uno de cada 500 mexicanos hace un testamento, hay casi 5 millones de testamentos registrados y se inscriben alrededor de 50 mil por año, un juicio testamentario cuesta entre los 10 y 70 mil pesos y se tarda desde 2 meses hasta 5 años.

El término “intestado“, es utilizado para referirse a la persona que murió sin dejar testamento, para ello debemos entonces preguntarnos si eso nos lleva a una sucesión legitima, pues esto tiene lugar cuando el difunto no dejó testamento o habiendo testamento fue declarado como nulo o perdió validez.

Si no se toman las riendas de la decisión a tiempo, es la ley quien será la encargada, por medio de jueces en la materia, de ordenar quién ha de recibir dichos bienes, derechos y obligaciones a través de un juicio sucesorio, para ello es importante conocer:

Cuando no hay testamento, o el que se otorgó es nulo o perdió validez. 

Cuando el testador no dispuso de todos sus bienes.

Cuando no se cumpla la condición impuesta al heredero. 

(Capitulo IX código civil federal)

Uno de los problemas comunes es que familias enteras fallecen, heredero y testador, pero con la pandemia hemos visto casos en donde el heredero muere antes del testador, esto tiene como efecto el repudio de la herencia o es incapaz de heredar si no se ha nombrado sustituto, sin embargo, los descendientes, cónyuges, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado y la concubina o el concubinario, incluso hasta si es posible y se satisfacen en este caso los requisitos señalados por la ley y a falta de los anteriores, la beneficencia pública.

En el proceso que se sigue para quienes viven y son posibles herederos y no existe el testamento, hay manera de hacerlo valer mediante algo que se denomina “Juicio Sucesorio Testamentario” ya que se abre el proceso legal a través del cual los familiares o personas que consideren tener derecho a heredar los bienes que dejó el difunto intestado, estos pueden acudir ante un juez para que pueda proceder a la apertura de la sucesión legitima con las etapas del juicio sucesorio testamentario, que consta de cuatro etapas procesales, la primera  es la denuncia de la sucesión testamentaria, después la segunda,  se conoce como declaratoria de herederos y nombramiento de albacea, la tercera es en donde se llevan a cabo los inventarios y avalúos de la sucesión y culmina con la cuarta que es la administración de los bienes de la sucesión, en donde se lleva a cabo el proyecto de partición y adjudicación de la sucesión.

Todo lo anterior comúnmente se conoce mediante el proceso que se lleva en  el juicio y que no únicamente se puede realizar ante un juez, ya que se puede acudir también ante un notario público, siempre y cuando todos los interesados estén de acuerdo, lo cual es recomendable, pues los notarios son los expertos en la materia, adecuado y recomendable que se tenga uno de confianza para este y otros temas.

Correo: ogutierrez@gruposolfis.com

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