Por: Lic. Elena Anaya Villalpando, Abogada en Derecho por la Universidad Autónoma de Aguascalientes, maestra en políticas públicas y género por FLACSO, e integrante de la Asociación Civil “Cultivando Género”
El derecho a la educación se erige como un factor fundamental para la construcción de un proyecto de vida, así como para potenciar el acceso, disfrute y exigencia de otros derechos humanos. Atendiendo al principio de progresividad, su alcance y ejercicio pleno no sólo debe considerar la posibilidad de ocupar un lugar dentro de los servicios educativos, sino que también debe fomentar el desarrollo personal armónico e integral, el sentido de la dignidad y solidaridad humana; promover el respeto a otras prerrogativas y libertades, así como brindar mejores oportunidades de movilidad social y económica.
El pasado mes de mayo, nuestra Constitución Federal fue reformada en su artículo 3º a efecto de incluir la perspectiva de género (PEG) como uno de los principios que habrán de considerarse dentro de los planes y programas de estudio de todo nivel dentro del esquema público nacional. Así mismo, la reforma reiteró que la educación deberá basarse en el respeto irrestricto a la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva.
Ante este nuevo escenario constitucional, las preguntas que surgen son ¿cómo se relaciona la perspectiva de género con el ámbito educativo?, y de forma específica, ¿cómo habría de aplicarse esta en las directrices programáticas que conducen los procesos de enseñanza- aprendizaje en todas las escuelas públicas del país?
Aunque no existe definición única sobre lo que es la perspectiva de género, sino una variedad de conceptos cuyas características atienden al objetivo específico con el que se relaciona. Podemos señalar de forma general, que es una herramienta científica y analítica que posibilita identificar y explicar los procesos a través de los cuales la diferencia sexual se transforma en desventaja en el ejercicio de los derechos, con la finalidad última de generar estrategias que las eliminen.
La PEG o enfoque de género cobra especial importancia en el análisis de la condición y posición de las mujeres, ya que, debido a la aún persistente y generalizada infravaloración de lo femenino, son ellas quienes continúan padeciendo un sinfín de desigualdades en la mayoría de los escenarios de la vida social.
En relación a lo anterior, es difícil entonces negar que la educación ha sido un espacio de exclusión histórica para las mujeres (así como de toda aquella persona que transgrede la estructura del binarismo sexo-genérico). A pesar de la concreción de ciertos avances, como el crecimiento de las tasas de matriculación femenina en algunos niveles y modalidades, así como del desarrollo de algunos programas focalizados a manera de acciones afirmativas dentro del sistema educativo y en particular dentro de las comunidades escolares, continúan siendo invisibles muchas de las condiciones y necesidades específicas de las niñas, adolescentes y mujeres, aunado al hecho de que se siguen reproduciendo los principios patriarcales a través de creencias y actitudes sesgadas, sexistas y androcéntricas; ya sea en el juego entre actores educativos, en las normas que regulan y estructuran el sistema, así como en la formulación, implementación y evaluación de las políticas públicas.
Resulta necesario contemplar también que, conforme a las obligaciones de carácter internacional contraídas por el país a partir de la firma y ratificación de diversos tratados y convenciones, existe una responsabilidad estatal y social frente a aquellos factores que, sin derivar de la estructura formal de la educación, impactan de manera directa en el acceso a las oportunidades educativas de las mujeres. Esto bajo el reconocimiento de que de manera general, muchas de ellas enfrentan una doble dificultad para permanecer en la escuela. La primera proveniente de las desigualdades sociales y estructurales (ingresos económicos, cobertura educativa, obstáculos para una movilidad segura y eficaz, etc.), y la segunda conformada por la idea aún existente (no sólo en los núcleos familiares sino también en los educativos) de que la educación es una oportunidad secundaria que sobrepasa lo que se espera de ellas en atención a los roles, imaginarios y estereotipos de género, por lo que puede ser aprovechada siempre y cuando no los perjudique.
Garantizar el ejercicio pleno e integral del derecho a la educación bajo la perspectiva de género, implica pues poner luz sobre las dinámicas de violencia, opresión y discriminación dentro de los entornos escolares, implementar acciones que permitan reducir las tasas de deserción de las mujeres, reconocer, identificar y atender sus particularidades y necesidades, y pugnar por el acceso y disfrute de una educación de calidad en todo nivel y lugar.
Permear los procesos formativos de este enfoque, requiere también impulsar la transformación de las causas estructurales de la desigualdad de género, a partir de nuevos paradigmas educativos encaminados a un cambio cultural basado en el reconocimiento de la dignidad y derechos de todas las personas. Es decir, en la reformulación y operación del sistema educativo, debe tenerse en cuenta que las escuelas, al igual que las familias, fungen como agentes que, en su función socializadora, tienen el deber de educar en la paz y la igualdad, transmitiendo valores, principios y contenidos alejados de estereotipos y prejuicios de género, ya sea a través del lenguaje, el trato, las normas, el currículo, los códigos de vestimenta, la asignación de tareas dentro y fuera del aula, así como en cualquier otra práctica.
Derivado de lo señalado, la PEG en la educación no solo beneficia a las niñas y mujeres, sino que posibilita la construcción de ambientes escolares libres de discriminación y violencia, respetuosos de la diversidad y en los que consecuentemente todas las personas, sin importar condición alguna, puedan desarrollar el cúmulo de sus potencialidades en favor propio y de la sociedad.
El género es determinante en el ejercicio y calidad del derecho a la educación, y más cuando confluye con otras dimensiones de inequidad social como la edad, la discapacidad, una precaria situación económica, la maternidad, la orientación sexual, entre otras. Sin embargo, son aún muchos los factores que acrecientan la insensibilidad frente a esta condición dentro del ámbito de la educación, entre ellos destacan la ausencia de información estadística objetiva que devele las situaciones específicas de desigualdad que afectan a las mujeres, la falta de una eficaz estrategia de transversalidad de la perspectiva de igualdad de género en el sector, la carencia de presupuestos públicos generados bajo este enfoque, la resistencia de las autoridades y actores educativos a considerar la desigualdad de género como un factor que obstaculiza el logro escolar, entre muchos más.
Contribuir a la reposición simbólica de las mujeres y otros grupos en la sociedad, requiere atender como uno de sus principales intereses estratégicos el derecho a la educación, solo de esta manera podremos decir que México apuesta efectivamente por la reducción de las brechas de género y el alcance de la igualdad sustantiva