CP EF Y MI Oscar Fabián Gutiérrez Tenorio
Finalmente, la preocupación de todo gobierno es la obtención de los recursos que se requieren para la ejecución de los planes de mejora de las ciudades y entidades, o bien satisfacer las necesidades publicas del Estado y cada uno requiere en lo particular programas de acuerdo al crecimiento y visión de sus gobernantes, sin embargo hemos visto últimamente que éstos utilizan los recursos sin revisar a donde van, algunos con toda la intención y otros por falta de capacidades o preparación técnica para ello.
Toda política pública debe ir acompañada de instrumentos de medición que le permitan corregir o mejorar dicha política, esa instrumentación requiere tiempo y preparación de los actores que en ella participan, por otro lado está la ley y sus reglamentos que le permiten al primer actor decidir si utiliza dichas leyes o no, como es el caso del último acontecimiento sucedido en Chihuahua, donde el Gobernador demandaba presupuestos adicionales, y que no le habían sido entregados, y aquí comienza la interrogación.
Para poner en contexto quiero señalar que desde la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), señala en diversos artículos el procedimiento, primero el 73 señala entre otras cosas que el Congreso de la Unión en su fracción séptima que se tienen todas las facultades para imponer las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto y el 74 fracción cuarta dice que dicho presupuesto deberá ser aprobado anualmente, en el mismo señala que debe revisarse el presupuesto del año anterior.
Todo esto tiene un sentido lógico, pues sin duda la potestad tributaria que tiene el Estado guardada en el Congreso, obliga al ejecutivo y a los Estados a sujetarse a condiciones normativas muy claras, pero ¿por qué los Estados requieren presupuestos adicionales a los que ya se tienen anualmente, y por qué la SHCP puede disponer de los remanentes recaudados y redistribuirlos sin pasar por el Congreso de la Unión?.
Todas estas incógnitas abren la puerta a la discrecionalidad, pues entre ajuste y ajuste seguir la pista de los recursos por medio de una trazabilidad objetiva parece mas lejana, y no cabe duda que la intención es buena, pero no cuida los procesos enmarcados en la Constitución, en estudios hechos anteriormente por investigadores del CIDE, se ha verificado que existen remanentes por ejercicio fiscal, es decir, lo que se recauda siempre es mayor a lo que se dice que se va a recaudar, año con año la ley de ingresos que es en realidad las contribuciones que los mexicanos cooperamos para realizar los gastos y necesidades del Estado son revisadas de forma anual.
Las recaudaciones de nuestro país en comparación con otros países son menores sin duda, es decir la e ciencia en la que el Estado recauda es buena, pero el tributo a pesar de ser menor que en otros países es su ciente para cubrir el presupuesto y hasta las necesidades de quienes nos gobiernan de acuerdo a la creatividad de éstos últimos.