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UN RÉGIMEN DE PRESIÓN

Lic. Óscar Fabián Gutiérrez Tenorio – Abogado del Poder Judicial de la Federación.

En días anteriores, público el SAT un listado donde se mencionaba que una serie de Fedatarios Públicos habían incurrido en fallas habiendo sido involucrados en situaciones donde hubieron constituido empresas que estaban involucradas en operaciones simuladas, razón por la que el SAT (servicio de administración tributaria), decidió revocarles la autorización para que pudieran realizar inscripciones en el RFC mediante una aplicación que ellos tenían de manera remota, sin embargo, en el documento emitido, no existía claridad en la información de lo que ahí se publicaba, ya que, lo que de ahí se entiende, es que la autoridad le revocó el permiso para poder funcionar como para Fedatarios Públicos, siendo que esta es una facultad meramente del Gobierno Estatal y que es también de la Secretaría de Economía, y no así del SAT (servicio de administración tributaria), ya que, ello es solo una facilidad administrativa y de gestión, qué los contribuyentes se puedan escribir al momento en que se constituyen, ósea las personas morales o sociedades mercantiles como es el caso para Corredores Públicos, o Asociaciones y Sociedades Civiles para Notarios público (aunque estos pueden constituir ambas), con la finalidad de que tengan un RFC desde el nacimiento o creación de una empresa, facilitando de esta manera el rastreo y trazabilidad de la creación de nuevas empresas, no dejando ninguna por inscribirse en el RFC, dejando únicamente por hacer la firma electrónica (FIEL), con los datos biométricos de manera presencial en el servicio de administración tributaria (SAT).

Luego entonces, algunas empresas que realizaron operaciones simuladas por lo que da a entender la autoridad de manera confusa, ya que en algunos casos dice que es porque los Fedatarios no utilizaban ese beneficio, pero para el casi de las empresas que aparecen en el listado de las que simulan operaciones y que no necesariamente se vieron involucradas en realizar operaciones simuladas, sino que en muchos casos una empresa cuando uno de los socios fallece o el mismo accionista mayoritario, puede haber olvidado darse de baja previamente del servicio de administración tributaria (SAT), generando así que la autoridad cuando realizara alguna verificación del domicilio -por ejemplo- pues no encontrará a estás en el domicilio, y las inscribe en el listado de empresas que realizan operaciones simuladas por no poder comprobar que las operaciones que hayan realizado de manera fehaciente.

Siendo así, un mecanismo de presión para el régimen de fedatarios, donde a pocos días estamos de que desaparezca esta facultad, pues la autoridad presume que si se inscriben en el RFC de manera remota en las oficinas de éstos y no en las del SAT la probabilidad de que sean factureros es mayor, y que al quitarles este beneficio que en realidad lo es para el SAT pues caigan en una brecha que les sea atractivo simular sus operaciones.

Estimo entonces que esta herramienta de presión es apenas alguna de las que el actuar de las autoridades o funcionarios públicos, es cada vez mas por señalar errores del pasado que por voltear al futuro prometedor de la esperanza de un mejor manejo de la administración pública. Y no ser un régimen de presión y miedo para todos.

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