ESTAMOS EN 200 PUNTOS DE DISTRIBUCIÓN EN AGUASCALIENTES

YA NO LES CREO

Por: CP EF Y MI Oscar Fabián Gutiérrez Tenorio

Desde la instauración del nuevo régimen político en nuestro país, han existido múltiples iniciativas para llevar a cabo el control tributario en nuestro país, por lo menos he escuchado 5 propuestas, unas completamente fuera de la realidad y de la capacidad contributiva en nuestros contribuyentes y otras inimaginables, por mencionar las que más me han parecido de atención menciona que ”los contribuyentes se inscriban en un padrón único que controlará la Secretaria de Economía Federal reservándose el derecho de admitir o no de acuerdo a su comportamiento” la iniciativa se llama Ley del Fomento a la confianza ciudadana <y es que no es nuevo que la autoridad fiscal siempre quiera acercarse a los contribuyentes y la vean como una aliada estratégica para la creación de programas sociales”.

Por otro lado leyes que aumenten la fiscalización y las sanciones a quienes no cumplan con sus obligaciones fiscales y hasta leyes y reformas que sancionen a quienes incentiven a que nos e cumpla con el tiempo y la forma, o saquen ventaja de situaciones jurídicas, pareciera que ni los mismos legisladores se han dado cuenta que es a lo que se dedican y hacen en los puestos que realizan, desconozco cual sea su dieta legislativa, pero aseguro que no es la que cualquier mexicano tendrá en su bolsillo por un año.

Las autoridades fiscales por otro lado siguen haciendo su trabajo y siguen alterando y revisando hasta con lupa las operaciones que parece que no son lo que son, y a veces por errores de conocimiento de las formas se caen en situaciones jurídicas que afectan la esfera del contribuyente y recaen en multas, pagos de impuestos equivocados y hasta sanciones más severas como inmovilización de cuentas bancarias y a veces al cierre de sus negocios.

¿Qué es lo que debe saber y no saber un contribuyente para estar tranquilo?

Primero pues a que se obliga por tener un negocio, por ejemplo llevar una contabilidad y un correcto registro de controles contables y administrativos, pero ¿Qué es la contabilidad y que diferencia existe con la contabilidad electrónica?.

Los antecedentes históricos de ella, aunque datan desde los Sumerios, primera civilización que llevó a cabo el control de sus operaciones a través de registros de éstas, para poder determinar datos históricos de las operaciones y tomar decisiones respecto a las mismas hacia el desarrollo de sus actividades económicas.

Ha evolucionado ese concepto hasta llegar al siglo XXI sobre todo en los países subdesarrollados como México en donde a partir de las administraciones panistas se han hecho han migrado de la contabilidad en físico contra la contabilidad electrónica.

Sin embargo, la influencia de la ecología en las empresas a economizar papel y ser responsables ecológicamente han tenido sus efectos, pero vamos a ver que dice la ley fiscal para tener claro lo que en realidad se debe cumplir jurídicamente.

En principio de cuentas el código de comercio regula a quienes pretenden realizar actividades mercantiles o de comercio, en su articulo 16 prácticamente se fundamenta el origen del proceso contable como una herramienta de control para toda empresa y para todo acto de comercio.

El proceso natural de los registros contables es de la siguiente manera:

1.- el Artículo 16 versa “Todos los comerciantes, por el hecho de serlo, están obligados.” Luego menciona en su fracción III “A mantener un sistema de Contabilidad conforme al artículo 33”… Esto quiere decir que el sólo hecho de realizar actos de comercio nace una obligación para con quien pretenda incorporarse en ese mundo empresarial.

2.- Revisando el Articulo 33, establece y reconoce …”Permitirá identificar las operaciones individuales y sus características, así como conectar dichas operaciones individuales con los documentos comprobatorios originales de las mismas. (de aquí se desprende la materialidad de las operaciones que es lo que en realidad la autoridad no reconoce).

Por lo que podemos concluir que un correcto registro contable sea electrónico o físico, refiriéndonos a electrónico cuando sea la documentación resguardada de manera digital y sin alteraciones, por lo que de manera clara la documentación sigue siendo física y en papel y se compone de:

El estado de cuenta a nombre del contribuyente y con el domicilio que viene en la cédula fiscal.

Los ingresos reflejados en el estado de cuenta así como los que no fueren reflejados en el estado de cuenta y que se identificarán como pendientes de cobro.

Los egresos reflejados en el estado de cuenta así como la evidencia de lo que se está pagando, facturas, recibos CFDI´S sean contratos, bitácoras o lo que evidencie en algunos casos fotografías  y manuales, así como la confirmación de los pagos relacionados con el estado de cuenta.

Los activos o inversiones de activos adquiridas por separado, sean pagadas con dinero del estado de cuenta o no.

Si se cuenta con estado de cuenta de tarjeta de crédito por usarse para realizar pagos del negocio, se deben anexar desde los vouchers, facturas pagadas o CFDI´S, hasta el estado de cuenta identificando entradas y salidas de los mismos.

Sirva el presente para tener referencia de lo que es importante y obligatorio cuidar, tener presente para no caer en una omisión que afecte la esfera jurídica y pueda recaer en una sanción.

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