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Seguridad Jurídica

Nunca antes en la historia de la humanidad, había existido tanta y tan variada información; no es inusual que con el ajetreado ritmo de vida que tenemos, en ocasiones, utilicemos términos sin conocer el gran número de beneficios que nos representan. Uno de esos principios es, la Seguridad Jurídica. 

No se trata de profundizar o teorizar en el tema, de suyo es vastísimo; sino de incorporarlo de manera consciente y práctica a nuestra vida. La Seguridad Jurídica, no es otra cosa que, en cuanto a la aplicación de leyes o un acto de autoridad, “saber a qué atenerse” 2… de tal manera que ningún gobernado nos encontremos, jamás “… en una situación de incertidumbre jurídica y, por tanto, en estado de indefensión…” 3 Tener certeza que nuestra situación jurídica únicamente podrá ser modificada por procedimientos regulares, establecidos de manera previa y por autoridad competente.  Así lo ha definido sucintamente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Es decir, la Seguridad Jurídica es conocer por adelantado, las reglas mínimas del juego: oportunidad de conocer y entender las consecuencias en caso de incumplimiento; actuación del Estado apegado y limitado a una norma, sin excesos, caprichos o arbitrariedades; debido proceso; oportunidad de ser escuchado(a) e informado(a); inaplicación de una norma en nuestro perjuicio, expedida de manera posterior al hecho (derechos adquiridos); por citar algunas.

No es un tema menor, la Seguridad Jurídica, es uno de los pilares sobre los que está cimentado el Estado Mexicano; como Principio y como Derecho Humano, está reconocido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano, y por todos los Sistemas Internacionales de Protección de los Derechos Humanos, que existen en el mundo.

Toda norma, también tiene su excepción y salvedad; ningún Derecho Humano es absoluto; en casos de enfrentamiento unos con otros, la autoridad jurisdiccional deberá ponderar cual prevalecerá.   

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