ESTAMOS EN 200 PUNTOS DE DISTRIBUCIÓN EN AGUASCALIENTES

ALEJANDRO GUIZAR TEJEDA

EL CORREDOR PÚBLICO HABILITADO, MÁS RECIENTE EN AGUASCALIENTES

Alejandro Guizar Tejeda, es un abogado, originario de la Ciudad de México, lleva 15 años viviendo en Aguascalientes y durante mucho tiempo fue abogado corporativo, especialista en propiedad industrial. El 9 octubre de 2019 fue publicada su habilitación  en el Diario Oficial de la Federación, lo que implica que a partir de ese día, empezó a ejercer como Corredor Público No. 16 en la plaza de Aguascalientes.

La principal función genérica de un corredor, es ser un asesor jurídico especialista en materia mercantil, porque todos los corredores públicos por definición son abogados, por tanto, son asesores jurídicos, pero por definición de la ley y por la especialidad a que los lleva la práctica, son especialistas en materia mercantil.

Un corredor y un notario son figuras paralelas  en cuanto a la fe pública se refiere, la gran diferencia es que los notarios pueden intervenir en todo tipo de asuntos, básicamente civiles y mercantiles y los corredores, solamente en materia mercantil, están acotados o limitados por disposición de la ley, para intervenir solamente en asuntos en materia mercantil y nunca en inmuebles.

Un corredor público es un abogado que ha sido autorizado y reconocido  por el Gobierno Federal, como federatario público en materia mercantil y esto se logra a través de dos exámenes.

1. Examen de aspirante (teórico) y si lo apruebas obtienes un oficio.

2. Después de 6 meses del punto uno, te otorgan una fecha para hacer el examen de oposición (Teórico y práctico)

Aguascalientes actualmente, cuenta con 14 corredores públicos y a nivel nacional,  hay aproximadamente 450, desde 1992 que se creó la ley federal de correduría pública.

Un corredor, en la práctica cotidiana, atiende asuntos como la constitución de todo tipo de sociedades mercantiles en su plaza; sociedad anónima y responsabilidad de sociedad limitada, pero la realidad es que se tienen más de 40 tipos sociales, de sociedades especificas reguladas en leyes especiales, como las SAPI, las SAPIB, la SAB, la SOCAP, SOFIPO, entre otros tipos de  sociedades mercantiles especializadas, reguladas en leyes financieras. 

Además de todo tipo de contratos en materia mercantil; como asesores jurídicos que son y como federatarios, la ratificación de esos contratos o en su caso plasmarlos en un documento o instrumento público y con eso adquieren la característica de tener fecha cierta, hoy en día para efectos fiscales y de litigio es muy importante dicha fecha, es decir, que un documento privado, no tiene fecha cierta y no se  puede saber en que fecha fue elaborado. Desde hace como 5 ó 6 años empezó a cambiar el criterio jurisprudencial y entre los requisitos que se necesitan para hacer valer un documento privado, es que ese documento goce de fecha cierta y de acuerdo a la legislación civil, hay  tres posibilidades para que un documento goce de fecha cierta. 

Es que ese documento privado sea inscrito en un registro público

Es que pase por las manos de un federatario público y se formalice o protocolice  en instrumento público.

Es que cualquiera de los firmantes muera y la fecha cierta, será a partir de la fecha de muerte de cualquiera de los firmantes, incluidos los testigos.

Entonces en materia fiscal y en materia de juicio, es muy importante que un documento privado hoy por hoy, tenga fecha cierta, la forma más rápida y más fácil de que un documento privado tenga la fecha cierta,  es pasándolo ante la fe de un federatario público, un notario o un corredor; dependerá si el documento es de naturaleza mercantil para saber si un corredor público está en posibilidad de hacerlo. 

Otra función son los cotejos, que certifican que un documento normalmente privado, es exacta reproducción del original y lleva una certificación  por parte del federatario, su sello y la firma. 

Además un corredor puede ser valuador, de todo aquello que sea susceptible de darle un valor comercial y en este tema, no están limitados por territorio ni plaza, es decir que puede ser en cualquier parte del país.

Un corredor también puede ser arbitro, mediador o conciliador, estas tres figuras son pertenecientes a medios alternativos de solución de controversias (MASC)  y por disposición de la ley, un corredor puede realizar cualquiera de estas funciones en cualquier parte del país.

Los principales servicios que los empresarios en Aguascalientes buscan en la correduría son:  constitución de sociedades y formalización de asambleas.

Formalización de asambleas es básicamente la celebración de una asamblea por accionistas o socios de una sociedad y necesitan por distintas razones, ya sea inscribirla al registro público o que consten de un instrumento público, para que en su caso sea una documental pública y  no una documental privada o que goce de fecha cierta. 

La correduría puede dar asesoría, a todas las empresas de cualquier género, de cualquier ramo y de cualquier tamaño, incluso pueden ser personas físicas con actividad empresarial. 

La recomendación es acudir con un especialista, el corredor público en virtud de los exámenes para ser corredores demuestra con anterioridad, que son especialistas en materia mercantil, pero hoy por hoy la materia mercantil no va sola, no va aislada, siempre va de la mano con la materia fiscal, por ejemplo hoy en día no puedes hacer una estrategia corporativa solamente cuidando el lado mercantil, sino tienes que vigilar la consecuencia fiscal que eso va a generar, es por eso que se tiene que estar actualizado en todas las materias a fines a la función principal, que es el derecho mercantil.

La propuesta de valor de la Correduría Pública No. 16,  es la atención personalizada y servicio. Nunca olvidarse del asunto de los clientes. Se tiene el compromiso, de que una vez que cliente entregue  toda la información, dependiendo del tipo de trabajo que soliciten, pero en aproximadamente 2 días se tiene lista una formalización de asamblea y en 5 días se tiene inscrita  una sociedad ya registrada en el registro público y si el cliente así lo pide dada de alta ante RFC.

En la correduría 16 tenemos la satisfacción de haber ayudado y seguir ayudando a la gente a constituir sus empresas, es decir la forma de cristalizar sus sueños. Además de acompañarlos en el crecimiento de las mismas, asesorándolos y darles otro tipo de servicios como puede ser: registro de marca y propiedad industrial.

Aunado a ello, el corredor invita a que las empresas se regularicen en cuanto a los libros corporativos, pues de no tenerlos implica una multa de al menos 35 mil pesos. El orden de una empresa debe ser administrativo, contable y fiscal.

Exhorta a cumplir con la ley de la mejor forma posible y de la forma menos gravosa para las empresas, porque sobre todo en materia fiscal, es prácticamente imposible cumplir la ley al pie de la letra, es por ello que debes contar con un buen asesor jurídico. Si no cumples con ello las multas son sumamente costosas. 

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